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Calendario de impuestos de la empresa: qué se paga y cuándo
13 de octubre de 2026 · 7 minutos de lectura
Los modelos 111, 115, 202 y 303 explicados sin tecnicismos: qué es cada uno, cuándo se presenta y cómo calcular con tiempo lo que tendrá que pagar cada trimestre.
Los cuatro pagos de cada trimestre
Una pyme o un autónomo con empleados paga a Hacienda cada trimestre por cuatro conceptos. Ninguno es un gasto nuevo: es dinero que ya ha cobrado o retenido y que ahora entrega. Pero si no lo tiene previsto, llega de golpe.
| Modelo 111 | Las retenciones de IRPF de las nóminas de sus trabajadores y de las facturas de los profesionales (asesor, abogado…). Usted las descontó al pagarles; ahora las ingresa. |
| Modelo 115 | Las retenciones del alquiler de su local u oficina, si el propietario no es una empresa que esté exenta. |
| Modelo 303 | El IVA: el que ha cobrado en sus facturas menos el que ha pagado en las de sus proveedores. Si sale negativo, lo compensa en los trimestres siguientes. |
| Modelo 202 | Los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades, solo para sociedades: un adelanto de lo que pagará al hacer la declaración del año. |
El calendario
| Del 1 al 20 de abril | 111, 115 y 303 del 1º trimestre, y el primer 202. |
| Del 1 al 20 de julio | 111, 115 y 303 del 2º trimestre. |
| Del 1 al 20 de octubre | 111, 115 y 303 del 3º trimestre, y el segundo 202. |
| Del 1 al 20 de diciembre | El tercer 202. |
| Del 1 al 20 de enero | 111 y 115 del 4º trimestre. |
| Del 1 al 30 de enero | 303 del 4º trimestre (y, quien deba presentarlo, el resumen anual del IVA, el 390). |
Tres detalles que conviene saber:
- Si el último día del plazo es sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil.
- Si paga por domiciliación, el plazo termina unos días antes. Consulte las fechas exactas de cada año en el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.
- Las empresas que facturan más de 6 millones de euros al año presentan el IVA y las retenciones cada mes, no cada trimestre.
Cómo saber con tiempo cuánto pagará
El truco es no esperar al final del trimestre. Si cada mes apunta tres cifras, sabrá en todo momento lo que viene:
- El IRPF de sus nóminas y de las facturas de profesionales (sale de las nóminas y del balance de comprobación).
- El IVA cobrado y el pagado (sale de sus libros de facturas emitidas y recibidas).
- Las retenciones del alquiler.
Al sumar los tres meses tendrá el pago del trimestre semanas antes del plazo, y podrá reservar ese dinero.
Ejemplo del 3º trimestre: retenciones de nóminas y profesionales 4.150 €, alquiler 540 €, IVA cobrado 21.300 € menos IVA pagado 15.800 € = 5.500 €, y un pago a cuenta de 2.100 €. Total a pagar del 1 al 20 de octubre: 12.290 €.
Y una vez al año
Además de los trimestres, en enero se presentan los resúmenes anuales de las retenciones y del IVA, y la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200) se presenta en julio si su ejercicio acaba el 31 de diciembre. Su gestoría o su asesor se encargan de presentarlos; lo importante para usted es que no le pillen sin el dinero preparado.
Fechas comprobadas en la sede de la Agencia Tributaria en octubre de 2026. Este artículo es informativo: su asesor le dirá qué modelos le afectan a su empresa.